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Oficina de Control Interno


¿CUÁLES SON LOS CAMPOS ACCIÓN DE LA OFICINA DE CONTROL?

1. Fomento de la cultura del control, que se evidencia a través de un diagnóstico. 
- Resultados de la evaluación y autoevaluación del Sistema de Control Interno.

2. Evaluación y monitoreo que se realiza a través de:
- Auditorías.
- Monitoreo y evaluación al Sistema de Control Interno, Planes y programas.

3. Administración del Riesgo
- Labor evidenciada a través del seguimiento de los mapas de riesgos y a la verificación que realizan los líderes y equipos de trabajo producto de la evaluación y seguimiento.

4. Asesoría y Acompañamiento
La asesoría y acompañamiento se realiza a la alta dirección, como resultado de las evaluaciones realizadas a los diferentes procesos.

5. Relación con entes externos.
La ley determinó como enlace a las oficinas de Control Interno con los diferentes entes de control.


¿VALORES DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO?

  • Honestidad como principio rector de la institución. –
  • Respeto
  • Lealtad.
  • Ética
  • Responsabilidad.
  • Compromiso.
  • Vocación de servicio.
  • Diligencia
  • Justicia

¿PRINCIPIOS QUE RIGEN LA CONDUCTA DE LOS FUNCIONARIOS DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO?

  • Integridad
  • Objetividad
  • Confidencialidad
  • Competencia

¿CUÁL ES LA RESPONSABILIDAD DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO?

  • Asesoría a la Alta dirección
  • Fomento de una cultura de control.
  • Colaboración y apoyo a los entes de control.
  • Disposición y actitud respetuosa.
  • Asesoría y apoyo en control interno a la Comunidad Universitaria.

¿Qué no hacemos?

LA OFICINA DE CONTROL INTERNO – OCI:

No ejerce función coadministradora.

No participa en el diseño e implementación de procedimientos, ni en la toma de decisiones administrativas evitando ser juez y parte en los procesos evaluados.

No se encarga del Control Disciplinario.

A la OCI (oficina de control interno) no le corresponde adelantar investigaciones disciplinarias a estudiantes,  funcionarios administrativos y/o docentes de la Universidad. Su función en relación con el régimen disciplinario es el control del mismo.